miércoles, 13 de noviembre de 2024

Contrato Cornudo 2

CONTRATO CORNUDO – 2

Ya se publicó en este blog un contrato cornudo como algo curioso y tremendamente cómico. Ahora una pareja nos ha escrito contando que a ellos les pasó algo parecido cuando estaban buscando un macho corneador.

Empezaron a comunicarse con un posible candidato que les ofreció un contrato.

Muy gentilmente me lo han mandado para su publicación, lo cual les agradezco.

En el contrato, con otro tipo de letra, hacen comentarios al mismo. Añaden que nunca obtuvieron respuesta a sus comentarios, que hicieron en parte en serio y en parte en broma.


Pareja - Hola. Tu perfil nos parece muy interesante. La verdad es que estamos buscando un buen macho con el que entendernos bien. Hemos cambiado de ciudad y el que teníamos no puede venir pues tiene familia y se nos hace poco verle cada tres o cuatro meses.

Corneador - Firmo un contrato donde viene todo especificado

Pareja - ¿Y se puede leer ese contrato?

Corneador - Si os lo envío es un contrato que diseñe para varias parejas de has que he sido corneador y macho durante años, ahora por temas de distancia no puedo atenderlos y estoy buscando a otra pareja para hacer a la esposa mi favorita. Si os va ese rol os envío el modelo y lo comentamos

Pareja - De acuerdo, mándalo.

Te devolvemos tu estupendo Contrato de Cuernos con comentarios y aclaraciones nuestras. Ha sido muy divertido y entretenido comentarlo. Puedes comentar lo que tú quieras y preguntarnos lo que desees.

Un saludo.

CONTRATO DE CUERNOS

REUNIDOS
De una parte, y en concepto de Corneador, D.Jaime, (en adelante Corneador) mayor de edad, con domicilio en Madrid con NIF 99.999.999X, divorciado.

De otra parte , y en concepto de Cornudo, D. Chico , (en adelante Cornudo) mayor de edad, con domicilio en Tarragona, con NIF 14.170.047M, casado en Régimen Económico de Separación de Bienes con Dª Chica.

Y de otra parte, y en concepto de Esposa , DªChica , (en adelante Esposa ) mayor de edad, con domicilio en Tarragona, con NIF 85.160.040X, casada en Régimen Económico de Separación de Bienes con D.Chico.

Las partes se reconocen plena capacidad legal para obligarse como se indica en el presente documento, y

MANIFIESTAN
1º Que Cornudo es el esposo de Esposa Puta, esta última tiene una edad de 37 años y unas medidas y configuración totalmente reconocidas por las partes.

2º Que Cornudo a partir de este momento desea ceder el uso y disfrute de su esposa a Corneador, sin ningún tipo de contra prestación, salvo la posibilidad de poder ver como Corneador cubre y somete a Esposa Puta, en alguno de los encuentros que a partir de la firma de este documento tendrán las partes Corneador y Esposa Puta

3º Que Corneador acepta montar y cubrir a Esposa Puta

Es muy curioso que hables de montar y cubrir, esos son términos que se utilizan sobre todo en ganadería para hablar de los machos sementales. ¿Tú te consideras solo un macho semental?¡Imagino que no!

4º Que Esposa Puta estará a disposición total de Corneador.

Yo como mujer no estoy a disposición total de ningún hombre a no ser que me apetezca en ese momento. Esto es válido hasta con mi marido.

ESTIPULACIONES
PRIMERA. OBJETO. Es objeto del presente contrato establecer el tipo de relación que a partir de la fecha mantendrán las tres partes. Desde este mismo momento Cornudo se obliga a dejar que Corneador copule con su esposa cuando estas dos partes quieren o lo necesiten, sin ningún tipo de obligación en notificar dicho encuentro. Corneador tomará posesión de Esposa Puta cuando lo crea conveniente y esta así lo desee, Cornudo tendrá que acatar dicho deseo que para él se convertirá en orden.

Hasta ahora ha sido así, solo que cuando he copulado o he ido a copular, siempre se lo he dicho a mi cornudo y él siempre ha acatado dicho deseo.

Se establece un encuentro mínimo entre semana, consistente en copular durante toda la tarde y noche, iniciándose dicho acto en el momento que las dos partes "Corneador y Esposa Puta" lo crean conveniente y terminando dicho encuentro al amanecer. Se establece un mínimo de un fin de semana al mes, consistente en quedar desde el viernes por la tarde hasta el domingo por la tarde, durante dicho tiempo las dos partes podrán realizar cualquier acto sexual, ocio e incluso actos que podrían considerarse amorosos, sin ningún tipo de solicitud ni siquiera la obligación de comunicación a Cornudo.

Este punto no es posible porque tenemos hijos pequeños que viven en nuestra casa y en muchas ocasiones no tenemos con quien dejarlos. Lo de un fin de semana completo solo lo hemos podido hacer en muy contadas ocasiones. Tenemos que dejar a los hijos con los abuelos y esto lo venimos haciendo una vez al mes aproximadamente. En el verano se van de vacaciones con los abuelos y los primos y nos tomamos una semana de vacaciones nosotros dos solos.

Corneador toma posesión en este acto a su plena satisfacción, quedando obligado a su devolución al final del acto en análogas condiciones de buen uso.

Esto es muy gracioso ¿A qué te refieres? ¿A que no vuelve llena de moratones ni con una pierna o un brazo roto? ¿A que no le dejas dolorido el coño o roto el culo?

SEGUNDA. DURACIÓN. Este Contrato de CUERNOS entrará en vigor hoy mismo y su duración será vitalicia a conformidad de las partes Corneador y Esposa Puta, el Cornudo no tiene ninguna posibilidad de anular este contrato ya que carece de autoridad ante cualquiera de las dos partes.

Olvidas que entre Cornudo y Esposa Puta hay una relación muy fuerte que es la que permite este contrato.

TERCERA. RENTA. El presente contrato no supone la asunción de renta alguna para ninguna de las partes, se libera al Cornudo de pagar al Corneador por montar como es debido a su Esposa Puta, ya que él no es capaz de darle lo que esta necesita. Corneador podrá exigir cobro por realizar las obligaciones maritales que tendría que realizar el Cornudo, consistentes en dar el máximo placer a Esposa Puta.

Este artículo también es muy gracioso. Por un lado, no hay que pagarte nada, pero por otra parte dices que puedes exigir el cobro por realizar las obligaciones maritales ¿En qué quedamos?

Lógicamente nosotros ni pagamos ni cobramos.

CUARTA. GASTOS. EL Corneador dada su generosidad se compromete a asumir los gastos que genere este Contrato de Cuernos y los encuentros que se realicen desde la firma del presente contrato, tales como restaurante, hotel, alquiler de terceras personas, alquiler o compra de utensilios, los gastos que genere el elevar a público el presente contrato serán por cuenta de la parte que lo requiera. Dichas cantidades no conllevaran derecho de reclamación alguna sobre las otras partes.

¿Qué es eso de alquiler de terceras personas? Los gastos de hotel, restaurantes, etc. siempre los hemos pagado a medias.

QUINTA. CONTENIDO. Corneador desde este preciso momento en el cual entra en vigencia el presente contrato, podrá realizar con la esposa objeto del contrato toda clase de juegos erótico-sexuales, posturas sexuales, francés, griego, lluvia dorada, besos con lengua en la boca, beso negro y demás artes amatorias que SOLICITE a la Esposa Puta, sin la obligación de utilizar preservativo. Esposa Puta se obliga a tomar todas las precauciones necesarias para no quedarse embarazada, para el caso de que así fuese, Cornudo asumirá la crianza y cuidado del hijo de su Corneador como un buen padre de familia, no exigiendo en ningún momento absolutamente nada a Corneador ni pudiendo echar nada en "cara" a su Esposa Puta.

Conmigo, la Esposa Puta, podrás realizar todo aquello que previamente dé mi consentimiento. Todo lo relacionado con sadomasoquismo o con daño físico está totalmente rechazado. De beso negro y lluvia dorada nada de nada; me da asco. No me gustan los juguetes, prefiero utensilios de verdad.

Al principio tendrás que usar preservativo. Cuando llevemos un tiempo y nos conozcamos más, a lo mejor puedes dejar de usarle. No es por quedarme embarazada, es por precaución higiénica.

SEXTA. El Corneador deberá recibir a Esposa Puta en perfecto estado y normal funcionamiento, vestida elegantemente, sexy, quedando obligado a devolverla de la misma forma al finalizar el arriendo, salvo el deterioro natural producido por el normal uso y transcurso del tiempo. La conservación de la Esposa Puta por cuenta del Cornudo, queda a tenor de lo dispuesto en el artículo 21.4 de la Ley 29/94 de 24 de noviembre, sobre Contratos de Cuernos.

Este artículo es buenísimo. Sobrentendemos que, si le sale un grano en el coño o tiene el culo escocido o cualquier otra cosa, no puede hacer nada contigo. ¿Es así? Lógicamente nosotros exigimos que tú también estés en perfecto estado y normal funcionamiento.

SÉPTIMA. CESIÓN Y SUBARRIENDO. El Corneador podrá ceder e incluso subarrendar a Esposa Puta además de dedicarla a disfrute personal, no quedando prohibido el subarriendo y la cesión total o parcial de la misma.

Este artículo, como broma, está muy bien. Yo, la Puta Esposa, no soy una cosa que se me venda o se me ceda. Este artículo queda totalmente anulado.

OCTAVA. El Cornudo estará obligado a cumplir y acometer todo lo que su Corneador le mande, entre otras tareas y obligaciones:

- Deberá desnudar a su Corneador cuando así se lo requiera así como vestirle tanto a él como a Esposa Puta.

- Cuando Corneador decida que es el momento de acostarse, cornudo deberá tapar y arropar a Corneador y Esposa Cornuda, así como darles un beso en la frente y desearles las buenas noches.

El cornudo está de acuerdo.

- Cornudo deberá limpiar el falo de Corneador durante todos los actos, haciendo especial hincapié en el momento en el que Corneador eyacule, cuando tenga el falo a rebosar del flujo que este le provoca a Esposa Puta y cuando Corneador lo solicite.

En esto también estoy de acuerdo siempre que me lo pida mi Puta Esposa.

- Cuando Cornudo se percate de que el pene de Corneador está flácido, tendrá la obligación de ponérselo bien duro, para poder satisfacer de placer a Esposa Cornuda, ya que Cornudo no está lo suficientemente capacitado, para esto utilizará cualquier medio o acto principalmente felación o masturbación, así como masajes.

Si mi Puta Esposa me lo pide, esto también lo haré.

- Para el caso de que en algún encuentro Corneador incorpore a más personas, de cualquier sexo, Cornudo estará sometido y deberá obedecer en todo lo que le ordene su Corneador.

Este artículo queda anulado ya que el Corneador no puede incorporar a más personas de cualquier sexo. Solamente lo podrá hacer si el Cornudo y la Esposa Puta lo han hablado previamente y han dado su consentimiento explícito.

- Deberá llamar a su Corneador para solicitar permiso de cópula con su Esposa Puta.

No. Nosotros copulamos cuando nos apetece.

- No podrá presentar a su Esposa Puta otros hombres sin el consentimiento de su Corneador, así mismo no podrá llevarla a local de intercambio o de contenido sexual sin comunicarlo a su Corneador y esperar el consentimiento y aceptación de este que podrá exigir cualquier tipo de contra prestación como incremento de encuentros tanto entre semana como fines de semana.

No podemos comprometernos a esto. Nos gusta tener unos machos fijos, pero si nos sale una ocasión y nos apetece aprovecharla entonces lo haremos, pero sin ninguna contraprestación

 .

NOVENA. Obligación de Esposa Puta. Deberá acatar y obedecer a todo lo que le diga su Corneador, poniendo especial interés en realizar al pie de la letra todo lo que le ordene en los encuentros íntimos que tenga con su Cornudo, posturas a realizar, obligación de llamarle previamente para solicitarle permiso y en el caso de que este se conceda tendrá que llamarle durante dicho acto para contarle de primera mano todo lo que sucede en ese instante. Si su Corneador le niega la cópula con su marido Cornudo, tendrá terminantemente prohibido realizarla.

En este artículo parece que tú eres el Cornudo por eso de tenerte que llamar para decirte que voy a tener un encuentro íntimo, las posturas, etc. Al macho corneador no se le pide permiso para hacer estas cosas.

DÉCIMA. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO. Son causas de resolución del presente contrato, además de las previstas en la L.C., el incumplimiento por cualquiera de las partes de las obligaciones resultantes del presente contrato. Todos los gastos de costas judiciales que por incumplimiento del presente contrato se causen, serán de cuenta y cargo de la parte que incumpliere.


DÉCIMO PRIMERA. LEGISLACIÓN. El presente contrato está sujeto a la vigente Ley 29/1994 de 24 de Noviembre, de Cornudos, y/o cualquiera otras Leyes que sobre esta materia puedan entrar en vigor derogando total o parcialmente las actuales, y supletoriamente el Código Civil.


DÉCIMO SEGUNDA. DOMICILIO. Cualquier notificación que se tenga que llevar a cabo de cualquier tipo se realizará mediante mensaje e-mail.


DÉCIMO TERCERA. Para todas las reclamaciones que puedan surgir con motivo de este contrato o como consecuencia del mismo, quedan sometidas las partes a los Tribunales y Juzgados de Madrid con renuncia expresa de su fuero personal. Todos los gastos que se originen por tal causa, incluso honorarios de abogado y procurador, aunque su intervención no fuese preceptiva, irán por cuenta del Cornudo.

Leído el presente contrato por las partes, y en prueba de aceptación y conformidad, ambas partes firman el presente documento por triplicado a un solo efecto en el lugar y fecha indicados al inicio.

No nos dijiste si eras abogado. Si no lo eres plantéate serlo, pues te gusta mucho este tipo de cosas y creemos que se te dan bien.

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